Aca hay un poco mas de data....
JUSTICIA DECIDIRÁ CONSTITUCIONALIDAD DE “LEY MINERA”
13 Jun 2010 Notas semanales
El Tribunal Superior de Córdoba admitió el pedido de inconstitucionalidad presentado por empresarios y profesionales. La polémica sobre la minería se reavivó en esta provincia luego de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) admitiera estudiar si es inconstitucional o no la ley provincial que prohíbe las explotaciones metalíferas y nucleares en la provincia.
Fuente: diario La Voz del Interior
10/06/201. De esta manera, la Provincia de Córdoba, autora de la ley, y la Cámara de Empresarios Mineros de Córdoba (Cemincor) y la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica (Apcnea), quienes presentaron la demanda el 4 de mayo de 2009, deberán aportar las pruebas a favor y en contra.
Una vez finalizado este trámite, los vocales del Tribunal estudiarán el tema, emitirán su opinión y, finalmente, se elaborará una resolución a favor o en contra del pedido de inconstitucionalidad.
Cabe aclarar que el TSJ todavía no resolvió sobre el fondo del tema. En la red social Facebook está circulando un mail equivocado con esta leyenda: “Adiós Sierras Cordobesas! se aprobó la minería a cielo abierto! A todas las personas de Argentina, de concretarse este asunto, se demolerían montañas enteras con explosivos, se contaminaría el agua con los productos utilizados para la extracción de uranio…”.
José Pérez Corti, relator de la Sala Electoral del TSJ, explicó el alcance de la medida resuelta a mediados de mayo: “El TSJ ha interpretado que la vía utilizada es pertinente para iniciar el juicio. No significa que el TSJ se haya pronunciado sobre el contenido del planteo. Recién ahora se está tramitando para indagar sobre el fondo”.
La ley. En setiembre de 2008, la Legislatura provincial aprobó la ley 9.526 presentada por el gobernador, Juan Schiaretti, que prohíbe:
La actividad minera metalífera “en la modalidad a cielo abierto y en todas sus etapas, constituidas por cateo, prospección, exploración, explotación, desarrollo, preparación, extracción y almacenamiento de sustancias minerales”.
La actividad minera nuclear de uranio y el torio en todas sus etapas y que rige para las minas actualmente concedidas.
El uso de cianuro , cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico y toda otra sustancia química contaminante, tóxica y/o peligrosa incluida en diferentes leyes nacionales.
El abogado que representa al sector minero, Rafael Vaggione, explicó que la ley es inconstitucional porque no se puede legislar por encima del Código de Minería (norma nacional) y porque pone en riesgo las fuentes de trabajo de obreros y profesionales del rubro. El derecho a trabajar está contemplado en la Constitución Nacional.
Por su parte, Roberto Baillie, miembro de la ONG ambientalista Traslasierra Despierta, aseguró que se trabajó con técnicos y abogados para que la norma estuviera encuadrada en la jurisdicción minera.
“No hay ningún choque con otra normativa. El tema legal se consultó a todos los niveles y fue revisado y aprobado por la Comisión de Asuntos Legales de la Legislatura”, agregó.
Baillie indicó que tampoco afecta el derecho a trabajar del personal de las minas ahora en funcionamiento, porque son todas canteras en las que no se extraen minerales metalíferos ni nucleares.
Para el ambientalista, el interés detrás de la posible derogación de la norma es la explotación del uranio, acorde con la política energética nuclear de la Nación.
Oro y uranio. En Córdoba no existen, y es probable que nunca existan, minas de oro, plata o cobre como las que hay en la zona cordillerana, porque estos elementos no están presentes en grandes proporciones en las sierras.
La normativa se dictó en un momento en que las críticas a megaemprendimientos como Alumbrera o Pascua Lama estaban en la agenda del debate ambiental. En ese momento, varias ONG ambientalistas reclamaban a la Provincia por posibles explotaciones de oro cerca de Ongamira.
Con el uranio, la situación parece ser distinta. Se calcula que hay unas 50 mil toneladas de este elemento en las sierras cordobesas. Es el combustible de las dos centrales nucleares que ahora están funcionando en Argentina y de las dos más que espera poner en marcha.
Los profesionales del área nuclear entienden que la prohibición va en contra del perfil nuclear que tiene Córdoba, con una central atómica, una planta de producción de dióxido de uranio (Dioxitek) y otras instalaciones de investigación.
Empresarios mineros buscan anular ley en Córdoba
Argentina-Córdoba
LUNES 07 DE JUNIO DE 2010
Las Asambleas de Vecinos Autoconvocados “¡Ongamira Despierta!” y “¡Traslasierra Despierta!” informamos que el día 18 de mayo el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, resolvió admitir formalmente la acción declarativa de inconstitucionalidad entablada por la Cámara Empresaria Minera de la Provincia de Córdoba (CEMINCOR) y la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la Actividad Nuclear (APCNEAN) en contra de la Provincia de Córdoba, solicitando se declare “inconstitucional” la Ley 9526.
Esta Ley fue aprobada por unanimidad de la Legislatura provincial a fines de septiembre 2008, luego de un profundo trabajo técnico y legal de meses, con la participación de todos los actores involucrados.
El sector minero funda su reclamo en afirmaciones falaces, llegando al extremo de sostener que la actividad minera desarrollada por la CNEA en la Provincia de Córdoba, no ha producido ningún tipo de contaminación, ni daño a la salud de persona alguna. Esta contaminación ha sucedido y es de público y notorio conocimiento. La secretaría de Minería de la provincia lo sabe y así lo ha reconocido. Cabe destacar que la ley 9526, tal cual fue expresado por los propios dirigentes mineros, no perjudica la Minería existente en nuestra Provincia.
Confiamos en que el Tribunal Superior de Justicia velará por el Bien Común del pueblo cordobés, pueblo que se vería afectado en su totalidad ya que el agua de la provincia (la potable y la de riego) en su mayoría procede de sus montañas, donde “casualmente” se encuentran los posibles yacimientos de material nuclear que desea ser explotado por la CNEA, defendiendo el derecho a un ambiente sano y equilibrado (art. 41 de la Constitución Nacional) al agua pura, por encima de los intereses privados de algunos sectores.
¡ONGAMIRA DESPIERTA! y ¡TRASLASIERRA DESPIERTA
alfred