Entre fijos y móviles, en abril ya habrá 23 cinemómetros en las autopistas
El plan de la Agencia de Seguridad Vial es instalarlos en las autopistas a Córdoba y Buenos Aires y las rutas de circulación más densa
inShare.0 El plan de la provincia para controlar el exceso de velocidad en las rutas santafesinas irá incorporando cada vez más equipamiento. La etapa siguiente se cumplirá en abril próximo, para cuando a los dos radares móviles que ya están funcionando en la autopista Brigadier López "se prevé sumar 6 más y otros 15 fijos", adelantó ayer el titular de la Agencia de Seguridad Vial, Mariano Cuvertino. Los cinemómetros se repartirán básicamente a lo largo de las rutas nacionales, que son las que presentan un mayor flujo de vehículos, y en especial sobre las autopistas a Buenos Aires y Córdoba.
A la hora de decidir dónde ubicar los equipos de fiscalización electrónica —tanto móviles como fijos—, que cuentan con la homologación del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, se privilegiarán los lugares de alto riesgo (conocidos como "puntos negros") o simplemente los más densamente transitados.
Sumando esfuerzos. Gracias a la firma de un convenio entre la provincia y la Universidad Nacional de Rosario (UNR) el 7 de enero pasado, de la planificación del esquema de seguridad vial participan brindando asistencia técnica especialistas del Instituto de Estudios de Transporte, de la Facultad de Ciencias Exactas, Ingeniería y Agrimensura.
Aparte de los cinemómetros —que, según adelantó Cuvertino, a futuro no sólo constatarán excesos de velocidad, sino también otras faltas como el sobrepaso en tramos de doble línea amarilla y la falta de luces bajas— el gobierno de Antonio Bonfatti prometió incorporar en los próximos meses 250 agentes a la Policía de Seguridad Vial, con el objetivo de "continuar fortaleciendo la política de prevención y control en las rutas de la provincia".
http://www.lacapital.com.ar/ed_impresa/ ... _5020.htmlPD hay dos radares móviles que ya están funcionando en la autopista Brigadier López y en la autopista a Córdoba :p4x404:
el artículo de la Ley Nacional de Transito
ARTICULO 51.-VELOCIDAD MAXIMA. Los límites máximos de velocidad son:
a) En zona urbana:
1. En calles: 40 km/h;
2. En avenidas: 60 km/h;
3. En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos;
b) En zona rural:
1. Para motocicletas, automóviles y camionetas: 110 km/h;
2. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h;
3. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h;
4. Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h;
c) En semiautopistas: los mismos límites que en zona rural para los distintos tipos de vehículos, salvo el de 120 km/h para motocicletas y automóviles;
d) En autopistas: los mismos del inciso b), salvo para motocicletas y automóviles que podrán llegar hasta 130 km/h y los del punto 2 que tendrán el máximo de 100 km/h;
alfred